TC: JUBILADOS ONP NO DEBEN DEVOLVER LOS S/930 YA RECIBIDOS TRAS EL FALLO DEL TC

Después del fallo del Tribunal Constitucional donde se indica que los aportantes a la ONP no podrán retirar sus fondos de pensiones, la presidenta del TC indicó que la sentencia dada no tendrá efectos retroactivos; es decir, los jubilados que ya cobraron los 930 soles no necesitan devolver la retribución.
Como se recuerda, en el mes de enero los jubilados de la ONP cobraron 930 soles del Bono extraordinario según la Ley N°31083 que dispuso la entrega de los subsidios a más de medio millón se jubilados.
“La Ley 31083 señalaba que para los pensionistas del Decreto Ley 19990 se le entregue de manera extraordinaria por única vez un bono, una retribución extraordinaria de un sueldo mínimo vital. Eso ya se ha entregado a los pensionistas en enero por ley. Lo que ha dicho el Tribunal es que la sentencia ha señalado que la ley rige y tiene vida a partir del siguiente día de la publicación. Se va a publicar la sentencia del TC el 8 de febrero en El Peruano, al día siguiente me imagino, y a partir de esa fecha ya no habrá ley. Todo el importe de la retribución extraordinaria que se entregó a los pensionistas, esto es los 930 soles de la 19990 no serán devueltos. Quedarán ya en poder de los señores pensionistas, no se devuelve. La sentencia no tiene efectos retroactivos”, informó la presidenta del TC, Marianella Ledesma.