Congreso aprueba en segunda votación régimen temporal para expresidentes de la República

El Congreso aprobó este viernes en segunda votación la reforma constitucional que establece el régimen de residencia temporal para los expresidentes de la República, conocido como juicio de residencia.

Por 94 a favor, cero en contra y 5 abstenciones, la representación nacional dió luz verde al dictamen de los proyectos de ley 6348, 6509 y 6558, que modifica el artículo 112 de la Constitución Política del Perú.

De este modo, dicho artículo quedó redactado con el siguiente texto: «El mandato presidencial es de cinco años, no hay reelección de inmediata. Transcurrido otro periodo constitucional, como mínimo, el expresidente puede volver a postular, sujeto a las mismas condiciones».

Se le agrega lo siguiente: «Culminado el mandato presidencial, el expresidente de la República, o quién hubiese ocupado el cargo, permanece dentro del territorio nacional por el periodo mínimo de un año, salvo autorización de salida aprobada por el Congreso de la República, con más de la mitad del número legal de sus miembros, considerando las razones objetivas que hubiesen motivado la solicitud».

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