Magistrada Ledesma “ Comisión Permanente del Congreso puede inhabilitar suspender y distituir a un presidente “

Lesdema declaró su preocupación por el uso de vacancia presidencial.
Lo que me preocupa es que pero bien tan figuras como la de la vacancia y no se utilizan en los caminos constitucionales de lo que permanentemente puede hacer uso del congreso de manera limpia sin mayores dudas acerca de qué es vacancia y que no lo es y se proceda al retiro o no del presidente.
Usemos el artículo 99 que señala un procedimiento súper claro la Comisión permanente lo acusan del congreso el congreso decide retirarlo con su cargo sin perjuicio de qué el ministerio público continúe con la investigación.
La Comisión permanente puede acusar al presidente del congreso por dos causales por delitos o infracción a la constitución que es otra alternativa luego ante esa acusación de la Comisión permanente del congreso tomó la decisión de suspender al presidente e inhabilitarlo por 10 años en el ejercicio público destruirlo de su función agregó.
Algunos consideran que es una incapacidad mental que le imposibilita el presidente seguir gobernando.
Pero cuando estamos tratando de asociar conductas delictivas a un presidente de la República estamos confundiendo planos la Constitución señala el camino para votar a un presidente por haber incurrido en actos delictivos.
La conducta que tiene un mandatario que no se ajuste a los valores sociales hace que ya se imposible seguir manteniéndolo como jefe de Estado sin embargo al asociar la vacancia con delitos estamos cambiando el camino .