Óscar Urviola “La constitución no le permite al presidente revocar el indulto a Fujimori “

No le permite revocar ese acto sino por las características de autoridad de cosa juzgada solo se le podría hacer a través de un procedimiento.

La anulación de cosa seriada fradulenta que no es el caso porque ya tenemos una resolución del tribunal constitucional.

Ante la exigencia de la CIDH se ha conocido qué ha dado un plazo hasta el 22 de marzo para que el Estado peruano envíe los antecedentes.

Afín de poder atender las medidas provisionales que han tenido los familiares de las víctimas.

Frente a esa exigencia de la CIDH creo que el TC va a tener que acelerar el trámite de remisión del expediente al poder judicial.

En su cumplimiento porque de acuerdo a las disposiciones legales una vez firmada y publicada en la sentencia que es el proceso de seguramente se va a cumplir a partir del día jueves o viernes declaró.

El día lunes conoceremos si Éste expediente está publicado en la página web del TC.

El expediente ha sido enviado al PJ para que lo envíen al juzgado dónde se originó el hábeas corpus para que ejecute lo ordenado por el TC.

Sería oficiar a limpiar para la excarcelación.

La CIDH manifiesta profunda preocupación por la decisión del tribunal constitucional que ordena a la libertad de Alberto Fujimori.

Afecta El derecho a la justicia de las víctimas y obstaculiza el cumplimiento de obligaciones internacionales de la corte IDH en los casos Cantuta y barrios altos Declaró.

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