Penalista Andy a Castillo “ Como testigo tiene la obligación de manifestar la verdad “

Lo que tiene que hacer el presidente es que si él participa en alguna diligencia como imputado tiene la posibilidad de guardar silencio.
Sin embargo en el caso en cuestión el ha participado como testigo y como testigo tiene la obligación de manifestar la verdad.
Respecto a los hechos que se le han cuestionado en este caso de advertirse que no lo hizo podría acarrear algún tipo de consecuencia penal respecto a la falsedad .
Se ha vertido dentro del contexto de la declaración fiscal naturalmente uno pude esperar como fiscalía hasta que eso se vea homologado por parte de un juez.
El trabajo principal qué va a tener que realizar en base a la progresividad propio de la investigación que garantiza este tipo de hechos.
Son muchos que no sólo implican al presidente de la República sino también a ministros viceministros congresistas de la República.
Los empresarios con lo cual ya nos hemos dado cuenta que es una investigación muy compleja y veremos como en adelante está va a ser implementada por la fiscalía de lavado de activos.
Ya se encuentran paralelamente otras fiscalías investigando algunos hechos que han sido mencionados por la propia Karelim López.
Es un procedimiento que lo inicia quien desea someterse a esta prerrogativa peor que lo lleva adelante el propio fiscal de la causa ante el juez competente .
Una vez que el fiscal recibe la declaración el procedimiento posterior a implementar es de la corroboración de los hechos.
Una vez que el fiscal se encuentra con que los hechos han sido corroborados .
Una vez que el fiscal se encuentra con los que los hechos han sido corroborados lo que debe de hacer es acudir donde el juez para que el juez previo análisis de lo declarado y confrontando con los elementos.
Evalúa si es que corresponde o no en este caso en concreto otorgar esta calidad .
Implica todo procedimiento primero fiscal de investigación y corroboración y posteriormente un procedimiento ante el poder judicial.
Caso del juez competente para que finalmente emita una disposición o una resolución reconociendo o no esta persona como colaboradora eficaz.